Consejos para ir a los refugios de montaña

Qué hacer y qué no hacer en un refugio de montaña

Redacción Oxígeno

Consejos para ir a los refugios de montaña
Consejos para ir a los refugios de montaña

¿Quién puede utilizarlos?
En principio todos los montañeros que precisen de sus instalaciones para desarrollar su actividad deportiva pueden utilizarlo, aunque hay un orden de preferencia. 

→ Los montañeros con licencia federativa vigente que lo acrediten, o los socios de clubes afiliados a las correspondientes Federaciones donde se encuentre cada refugio, suelen disfrutar de precios especiales. Pregunta si es tu caso.

→ Los montañeros pertenecientes a otras asociaciones extranjeras con licencia en curso con las que existan acuerdos de reciprocidad en esta materia.

→ Las personas expresamente autorizadas por las Federaciones.

→ Los guías de montaña acreditados.

Pero hay un orden de preferencia, similar al que existen en los albergues del Camino de Santiago o cualquier otra larga travesía. Lo mejor es llamar con tiempo y reservar sitio para pernoctar.

1º Los enfermos, accidentados y socorristas en misión, tendrán prioridad absoluta sobre todos los montañeros que se encuentren en el refugio. Así mismo los que designe la Federación en cada caso, como trabajadores de mantenimiento y pastores.

2º Las personas que tengan reserva confirmada, y lleguen al refugio antes de las 19 horas.

3º Los usuarios que se encuentren pernoctando en el refugio, lo hayan hecho menos de tres noches consecutivas y siempre y cuando existan plazas disponibles para ello.

4º Los montañeros federados o extranjeros en régimen de reciprocidad, los socios de los clubes afiliados a la Federación de turno que se encuentren en el refugio antes de la hora que cada refugio tiene marcada.

5º Resto de los usuarios según su orden de llegada, a partir de la hora que cada refugio tiene marcada.

Qué hacer y qué no hacer en un refugio de montaña
Al ser los refugios instalaciones de Interés Público, todos los usuarios deberán poner el máximo de interés en su conservación y aprovechamiento, quedando expresamente prohibido:

→ Encender infiernillos o cocinar fuera del lugar destinado para ello.

→ Permanecer en los dormitorios desde (horario aproximado) las 8,30 horas hasta las 15 horas del mismo día, salvo enfermedad, así como encender velas y fumar en los mismos.

→ Desplazar muebles o enseres de su sitio habitual.

→ Dormir sin utilizar para ello saco o sábana.

→ Acceder a los dormitorios con botas y material de montaña (bastones de trekking, crampones, piolet), debiéndose colocar éstos en el lugar adecuado.

→ El funcionamiento de toda clase de aparatos sonoros que pudieran molestar al resto de los usuarios.

→ La entrada de toda clase de animales.

Así mismo, y como elemental norma de respeto a los demás, se deberá:

→ Respetar las normas de Seguridad expuestas en el Refugio.

→ En los refugios guardados, el guarda proveerá a los montañeros de bolsas para que trasladen su basura hasta el punto de recogida más cercano. Los guardas se harán únicamente responsables de la basura generada por ellos mismos y por sus ventas de cantina, economato y cocina.

→ Comunicar cualquier deterioro que se observe o se produzca, lo antes posible a la Federación o gestor correspondiente.

→Convivir en un refugio muchas veces significa acatar las normas de un Parque Natural y un entorno en el que está enclavado, lo cual significa que puede existir normativa específica que nos impida: bañarnos en ríos, lagos, hacer fuego, beber agua, etc. Desde Oxígeno te recomendamos que seas lo más prudente al respecto y que te informes bien de la zona y sus limitaciones antes de acudir a ella.

→Respetar siempre las órdenes de los guardas de cada refugio. Son las personas designadas por el propietario o gestor del refugio como responsables del mismo. Por lo tanto representan a la máxima autoridad y sus instrucciones deben ser inexcusablemente atendidas, sin perjuicio de las posteriores reclamaciones a que pudiera haber lugar.

Declaración de Picos de Europa
Los refugios de montaña tienen una larga tradición en los espacios que hoy delimitan los Parques Nacionales. El montañismo, a través de las Federaciones, los guardas de refugio y los montañeros, ha estado implicado en la preservación de muchos de estos espacios y ha dado sobradas muestras de su sensibilidad hacia la conservación de las montañas. Se trata de mantener ese valioso sentimiento de respeto hacia las montañas, compatible con la protección, el uso y disfrute de los Parques Nacionales. Desde una primera reunión realizada en el Parque Nacional del Teide en diciembre de 1999, el Organismo Autónomo Parques Nacionales y la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, conscientes de la importancia del montañismo en la conservación del medio de montaña y su disfrute, han iniciado una labor en común. Con este empeño se han celebrado posteriormente cuatro encuentros de trabajo: Sierra Nevada (marzo de 2000), Ordesa (mayo de 2000), Aigüestortes (noviembre de 2000) y Picos de Europa (mayo de 2001). Estos contactos han fructificado en un valioso intercambio de conocimientos y experiencias, así como en la puesta en valor de los objetivos comunes que acercan a los montañeros y a la Administración de Parques Nacionales.  Como consecuencia, se ha llegado a la elaboración de un documento de consenso que pretende contribuir a encuadrar satisfactoriamente los refugios de montaña como infraestructuras clave para el desarrollo del montañismo y para servir de ejemplo de una relación armónica entre el hombre y la naturaleza. La declaración completa de Picos de Europa se puede leer en la página de la FEDME.

¿Qué es la reciprocidad en los refugios?
El Convenio de Reciprocidad es un acuerdo firmado por diversas asociaciones de montañismo con el objetivo de establecer un precio federativo en el uso de los Refugios de Montaña por parte de los montañeros de las Federaciones o Clubes que se adhieran. De esta manera podrán disfrutar de un precio establecido con independencia de las federaciones de origen.

Cuando se observa la licencia de un montañero federado en la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada (FEDME) se aprecia un logotipo parecido a una casita en su parte superior derecha.  Ese distintivo lo llevan todas las licencias federativas de la FEDME, pero también varios cientos de miles de federados integrados en asociaciones montañeras europeas.  Es el distintivo del “Convenio sobre derecho de reciprocidad en los refugios de montaña”.

La licencia federativa de la FEDME abre las puertas a una rebaja en los precios de refugios de montaña de Alemania, Austria, Francia, Italia, Suiza, Slovenia o Liechtenstein.  Y a su vez los montañeros asociados a las organizaciones de esos países también disfrutan de rebaja en los refugios españoles adheridos al Convenio.

El guarda de refugio comprueba si las licencias llevan el logotipo de la reciprocidad para aplicar el precio reducido a los visitantes que pernoctan en él.  Hay licencias federativas de otros países que no incluyen el logotipo de la reciprocidad y carecen de derecho de reducción.  También hay licencias de algunas comunidades autónomas españolas que carecen de él porque ese montañero concreto ha decidido obtener una licencia federativa autonómica pero no de la FEDME.  Los que optaron por la licencia autonómica no son federados FEDME y no entran en el Convenio de Reciprocidad. 

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