Existe una cierta tendencia más o menos generalizada a creer que la mayoría de las normas y prohibiciones en el campo son un capricho arbitrario de la administración, pero en la inmensa mayoría de los casos están más que justificadas. Si no se controla la afluencia y comportamiento de visitantes y empresas, así como las actividades deportivas y económicas es la naturaleza la que sale perjudicada, en especial las zonas más visitadas o aquellas que pese a una afluencia reducida son muy frágiles (por ejemplo una poza de agua en alta montaña). De manera general están prohibidas todas las actividades que pongan en riesgo los valores naturales que han originado la protección del espacio que visitamos, desde el aparentemente inocente arrancamiento de musgo hasta dar de comer a animales salvajes.
LAS PROHIBICIONES QUE MÁS SE INCUMPLEN
Entre las acciones que menos respetan las normativas medioambientales figuran:
1) Circular y estacionar en lugares indebidos. En numerosas pistas forestales no se puede transitar con vehículo a motor ni aparcar en los laterales, por diversas razones: dificultar trabajos forestales o de extinción de incendios, impedir el aparcamiento de ambulancias o el estacionamiento de helicópteros, no permitir la entrada y salida de vehículos de otras personas (ya sean particulares o ganaderos), etcétera. Las multas oscilan de 100 a 300 euros.
2) Bañarse en lugares no autorizados. Aunque es verdad que la administración no siempre señala adecuadamente los enclaves correctos y prohibidos, un gran número de personas nadando embadurnados con cremas solares y haciendo sus necesidades cerca del agua no resulta lo más deseable. Si bien en algún sitio tendrán que refrescarse los visitantes de los espacios protegidos, en buena parte de arroyos, pozas, cascadas y ríos aumenta el peligro de contaminación, resultando especialmente frágiles los situados en alta montaña. A menudo es una medida impopular, pero necesaria, sobre todo cerca de los grandes núcleos de población. Sanciones de 100 a 1.000 euros.
3) Llevar el perro sin atar. En principio está prohibido que deambule por el campo o la montaña sin ir sujeto por una correa, salvo perros ganaderos y actividades de caza permitidas. En España cada año se producen miles de mordeduras de perros a personas ajenas al dueño, que a menudo no son denunciadas ni tomadas demasiado en serio pese a su potencial gravedad. Estas mascotas también pueden ocasionar molestias a animales silvestres y ganado, persiguiéndolo e incluso en ciertas ocasiones matándolo. En general si no genera una situación de peligro la multa es de 100 euros por constituir una falta leve, pero alcanza los 300 euros en determinadas circunstancias. En los limitados casos que ha peligrado gravemente la vida de una persona (cómo ha ocurrido en La Pedriza) o el perro ha dado muerte a un animal protegido se puede hablar de delito, con juicio y cantidades superiores a los 12.000 euros.
4) Hacer fuego. Totalmente prohibido encender fuego durante el verano en zonas forestales y si se trata de espacios protegidos –por ejemplo un parque natural o nacional– durante todo el año. Sanciones de 600 a 12.000 euros. En muchas áreas recreativas esa prohibición también afecta al encendido de barbacoas y hornillos. Sanciones de 600 a 12.000 euros.
FALSAS CREENCIAS Y TÓPICOS
Por desconocimiento, desinterés o justificación de actitudes irrespetuosas están bastante generalizadas algunas creencias:
“No he visto ningún cartel de prohibición”. Eso no significa que se puedan hacer todas las barrabasadas que se les ocurren a algunos particulares y ciertas empresas. Si puede existir afección ambiental, está prohibido seguro por leyes europeas, estatales, autonómicas o municipales.
“En el campo cabemos todos” (frase repetida hasta la saciedad en redes sociales) y que obvia que no se pueden practicar todo tipo de actividades, en todos los sitios y durante todo el año, sobre todo si son agresivas con el terreno, la vegetación o la fauna.
“Esta prohibición es anticonstitucional” (un calificativo que jurídicamente no existe).
“Se puede pasar porque existe servidumbre de paso”, argumento utilizado demasiado a menudo para entrar en un terreno privado y circular por pistas con coche o senderos en moto de enduro.
“No hago ningún daño con mi actividad”. A veces desconocemos qué impacto real tiene nuestra presencia o creemos íntimamente que practicar nuestra deporte favorito es más importante que el propio medio natural donde se desarrolla.
“Comparto la localización de este sitio poco conocido en redes porque todo el mundo tiene derecho a conocerlo”. Si implica daño, sobre frecuentación o destrucción del paraje es un error grave su geolocalización pública y la divulgación de imágenes que originen un efecto llamada. En numerosos enclaves recónditos de la geografía española, hasta hace poco a salvo de su masificación, se están produciendo situaciones insostenibles que lógicamente generan alarma en los pueblos próximos y que preocupan a los agentes medioambientales encargados de su vigilancia (a menudo insuficientes en número para controlar tantos espacios valiosos).